LEY QUE DECLARA EL 29 DE
NOVIEMBRE DE CADA AÑO,
DÍA NACIONAL DEL REPORTERO GRÁFICO
CONSIDERANDO: Que los
reporteros gráficos constituyen uno de los pilares fundamentales en la noble e
importante tarea de mantener informada a la ciudadanía, lo que le permite a la
población mantenerse al tanto de la ocurrencia de los acontecimientos
posibilitándole de ese modo constituirse en opinión pública;
CONSIDERANDO: Que gracias al denodado y arriesgado trabajo de los
reporteros gráficos es que las generaciones venideras pueden conocer de los
acontecimientos ocurridos en el presente y convertirse en testigos presénciales
de los mismos, aun cuando para ello haya pasado el tiempo;
CONSIDERANDO: Que para la
realización de su trabajo los reporteros gráficos se exponen a todo tipo de
obstáculos, sobre todo de aquéllos interpuestos por la intolerancia política
para evitar su labor;
CONSIDERANDO: Que de los
distintos sectores que componen el área de los comunicadores, sólo el de los
reporteros gráficos no cuenta con la asignación de una fecha fija al año para
la celebración de su día;
CONSIDERANDO: Que el día 29 de
noviembre 1987, murió violentamente el reportero gráfico Carlos Grullón, mientras
se encontraba ejerciendo sus tareas en la República de Haití, cubriendo un evento
para el departamento de prensa de RAHINTEL, Canal Siete.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
Artículo 1.- Para los fines de esta ley,
se entenderá por reporteros gráficos aquellas personas que se dedican de manera
regular al oficio de recoger hechos noticiosos para televisión prensa escrita y
digital, utilizando cámaras fílmicas, fotográficas, y otros Instrumentos de
captación de imágenes.
Artículo 2.- Se declara el 29
de noviembre de cada año, Día Nacional del Reportero Gráfico, en reconocimiento
a los hombres y mujeres que se dedican al oficio de informar a la ciudadanía
desde la disciplina de la comunicación social.
Artículo 3.- El Poder Ejecutivo
asignará en el Proyecto de Presupuesto
de Ingresos y Ley de Gastos Públicos para cada año, una partida presupuestaria
para el desenvolvimiento de las actividades del Círculo de Reporteros Gráficos
(TV).
DADA en la Sala de Sesiones de la
Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán,
Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete días
del mes de julio del año dos mil siete;
años 164° de la Independencia y 144° de la Restauración. (FDO) JULIO CÉSAR VALENTÍN JIMINIÁN, Presidente; MARÍA CLEOFIA SÁNCHEZ LORA, Secretaria; RADAMÉS VÁSQUEZ REYES, Secretario ad-hoc.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo
Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los
veinticuatro (24) días del mes de julio del año dos mil siete (2007); años 164°
de la Independencia y 144° de la Restauración.
REINALDO
PARED PÉREZ,
Presidente.
AMARILIS
SANTANA CEDAÑO, DIEGO AQUINO ACOSTA ROJAS,
Secretaria. Secretario.