CONSIDERANDO: Que la distinguida profesora Idalina Guerrero nació en Matanzas, municipio de Baní, provincia Peravia, lugar en donde creció y dedicó toda una vida a la enseñanza y a la alfabetización de varias generaciones de esta localidad;

 

CONSIDERANDO: Que la ilustre profesora Guerrero sirvió como maestra en la comunidad de Matanzas desde el año 1954 hasta el 1994, es decir, durante cuarenta (40) años de su vida, razón por la cual es recordada por los ciudadanos de este municipio como una persona dedicada a realizar obras de bien social;

 

CONSIDERANDO: Que la profesora Idalina Guerrero es una digna representante del pueblo de Baní y de todos sus ciudadanos, por lo cual es un ejemplo a seguir en la lucha por la alfabetización y la enseñanza nacional;

 

CONSIDERANDO: Que la profesora Guerrero alcanzó durante toda su vida y aún después de su muerte, grandes méritos que la hacen merecedora de ser reconocida con la designación de su nombre a la Escuela Básica de Matanzas.

 

HA DADO LA SIGUIENTE LEY:

 

Artículo 1.- La Escuela Básica de Matanzas localizada en el municipio de Baní, provincia Peravia, se le designa con el nombre de Escuela Básica Profesora Idalina Guerrero.

Artículo 2.- La Secretaría de Estado de Educación queda encargada de dar cumplimiento a la presente ley.

 

Artículo 3.- Se establece que a partir de su promulgación la presente ley entrará en vigencia.

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil siete; años 164º de la Independencia y 145º de la Restauración.

 

 

Julio César Valentín Jiminián,

Presidente.

 

 

 

 

María Cleofia Sánchez Lora,                      Teodoro Ursino Reyes,

       Secretaria.                                    Secretario.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

RC/ya.-