CONSIDERANDO: Que la distinguida profesora Idalina
Guerrero nació en Matanzas, municipio de Baní, provincia Peravia, lugar en
donde creció y dedicó toda una vida a la enseñanza y a la alfabetización de
varias generaciones de esta localidad;
CONSIDERANDO: Que la ilustre profesora Guerrero sirvió
como maestra en la comunidad de Matanzas desde el año 1954 hasta el 1994, es
decir, durante cuarenta (40) años de su vida, razón por la cual es recordada
por los ciudadanos de este municipio como una persona dedicada a realizar obras
de bien social;
CONSIDERANDO: Que la profesora Idalina Guerrero es una
digna representante del pueblo de Baní y de todos sus ciudadanos, por lo cual
es un ejemplo a seguir en la lucha por la alfabetización y la enseñanza
nacional;
CONSIDERANDO: Que la profesora Guerrero alcanzó durante
toda su vida y aún después de su muerte, grandes méritos que la hacen
merecedora de ser reconocida con la designación de su nombre a
HA DADO
Artículo 1.-
Artículo 2.-
Artículo 3.- Se establece que a partir de su
promulgación la presente ley entrará en vigencia.
DADA
en
Julio César Valentín
Jiminián,
Presidente.
María Cleofia Sánchez Lora, Teodoro Ursino Reyes,
Secretaria. Secretario.
RC/ya.-