CONSIDERANDO: Que la sección Canca la Piedra, del municipio
de Tamboril, provincia Santiago, ha experimentado un notable crecimiento en
todos los órdenes, posee servicios básicos como son: escuelas primarias, liceo
secundario, destacamento policial, clínica rural, farmacias, ferreterías,
supermercados, grandes almacenes de provisiones, estaciones de gasolina, entre
otros;
CONSIDERANDO: Que la sección Canca la Piedra cuenta en la actualidad
con una población de más de 20,000 habitantes, constituyendo una comunidad
progresista laboralmente, en la que se han fundado clubes deportivos y
culturales de importancia, incentivando el estudio y el deporte;
CONSIDERANDO: Que la sección Canca la Piedra es una
comunidad con un alto desarrollo agropecuario, en la que encontramos granjas
productoras con capacidad para 500,000 pollos, centros de producción de cerdos
y reses; miles de tareas de terreno destinadas a la siembra de varios
productos, así como algunas industrias menores, constituyendo uno de los
lugares más productivos de esta zona.
VISTA: La ley No.5220, del 21 de septiembre de 1959,
sobre División Territorial de la República Dominicana, y sus modificaciones.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
Art. 1.-
Se eleva a la categoría de distrito
municipal la sección Canca la Piedra, del municipio Tamboril,
provincia Santiago,
.../
con el nombre de Distrito
Municipal Canca la Piedra.
Art. 2.- El paraje Canca Abajo del municipio de
Tamboril, provincia Santiago, queda erigido en sección, con el nombre de Sección
Canca Abajo, que será la cabecera del Distrito Municipal Canca la Piedra.
Párrafo.- La sección Canca Abajo estará integrada por
los parajes: La Hoya, El Palmar, Juan Antonio y El Molino.
Art. 3.- El Distrito Municipal Canca la Piedra estará
integrado por las secciones:
·
Los
Amaceyes Arriba, con sus parajes: Amaceyes Arriba, Amaceyes Abajo y La Lomita;
·
Carlos Díaz,
y sus parajes: La Hoya, Guatemala y Seboruco;
·
Canca
Abajo, con sus parajes antes indicados;
·
Así como
por los parajes: Los Rieles, Canca las Aromas, Canca Arriba la Nueva, Alto del
Aguacate, Nigua y Arenoso.
Párrafo.- Se crea el paraje Canca las Aromas con sus
parajes: Los Rieles, Canca Arriba la Nueva, Alto del Aguacate, Nigua y Arenoso.
Art. 4.- El Distrito Municipal Canca la Piedra tendrá
los límites siguientes: al Norte, provincia Puerto Plata; al Sur, municipio
Licey; al Este, provincia de Espaillat, y al Oeste, Arroyo Tamborilito.
.../
Art. 5.- La Secretaría de Estado de Interior y
Policía, la Procuraduría General de la República y la Liga Municipal
Dominicana, adoptarán las medidas de carácter administrativo necesarias para la
fiel ejecución de la presente ley.
Art. 6.- Se modifica en lo que fuere necesario la ley No.5220,
del 21 de septiembre de 1959, sobre División Territorial de la República
Dominicana, y sus modificaciones, así como cualquier otra disposición que le
sea contraria.
Art. 7.- La
presente ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su promulgación.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de
Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito
Nacional, capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de
abril del año dos mil seis; años 163° de la Independencia y 143° de la
Restauración.
Alfredo
Pacheco Osoria,
Presidente.
Severina
Gil Carreras,
Josefina Alt. Marte Durán,
Secretaria. Secretaria.
RC/cm